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En caso de que muera o se incapacite uno de los socios de la empresa , uno de los problemas principales estriba en cómo reorganizar el negocio de manera que se dé un trato equitativo, tanto a los socios supervivientes como a los herederos del socio fallecido.

Para que esta situación no le sorprenda, tiene la posibilidad de contratar este Seguro de Intersocios, un seguro de vida para subsanar problemas económicos generados por la muerte de uno de los coinversionistas y prevenir problemas legales en la sucesión.

 COBERTURA

  • Asegura que el control accionario de la empresa se mantenga en poder de los socios sobrevivientes, al contar con el capital necesario para adquirir las acciones del socio fallecido y evitar un posible reclamo o deseo de injerencia en la Empresa por parte del Cónyuge, de sus hijos o de terceras personas.

  • Garantizar el patrimonio de los beneficiarios personales del socio fallecido, para que reciban un importe justo equivalente al valor real de las acciones que les corresponden por derecho.

  • Diseñado para que quienes sobrevivan a una sociedad, obtengan el control accionario en forma proporcional del socio finado, y los herederos reciban de forma justa y expedita un pago por las acciones propiedad de su familiar.

  • Cubre posibles intromisiones de personas ajenas a la empresa y hasta implicaciones legales con los beneficiarios del socio fallecido.

  • Con esta medida los socios sobrevivientes estarían en posibilidad de readquirir las acciones del socio finado mediante un convenio notarial basado en un contrato de promesa de compraventa de las acciones, no tendrán que enfrentar el problema de liquidar a los beneficiaros y podrán evitar que un tercero no calificado participe en las decisiones directivas de la compañía.

  • El seguro de intersocios no sólo cubre el fallecimiento de uno de los socios, también se pueden contratar coberturas por invalidez. Se recomienda que el plan tenga una duración no mayor a la establecida en el acta constitutiva para la sociedad.

REQUISITOS
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  • Es importante que consulte a los expertos de CYGA-ABZ para determinar la magnitud de la póliza que se debe comprar.

  • Los seguros se contratan por la empresa para cada uno de los socios de manera separada y deben cubrir fallecimiento e incapacidad total y permanente como coberturas básicas.

  • Se puede contratar en dólares y/o pesos.

  • La suma asegurada corresponderá a la aportación que haga el socio a la empresa en cuanto a ingresos y el valor de las acciones que posea, condición que se deberá justificar con los documentos que lo acrediten.

SEGURO INTERSOCIOS

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