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Edificio comercial

El seguro para anuncios luminosos ampara cualquier tipo de anuncios publicitarios, ya sea que se encuentren en el interior de un inmueble o en exteriores, siempre y cuando se encuentren perfectamente bien instalados. Entre los bienes que se pueden cubrir están los anuncios espectaculares, los de acrílico, carteles, de neón y de iluminación LED.

 COBERTURA

  • Cubre las pantallas electrónicas, anuncios y carteles contra pérdidas o daños materiales que sufran en forma accidental, súbita e imprevista.

  • Rotura.

  • Incendio, rayo o explosión.

  • Huracán, granizo y otros fenómenos atmosféricos.

  • Terremoto y/o erupción volcánica.

  • Huelgas, disturbios obreros y alborotos populares, vandalismo.

  • Caída de aeronaves, impacto de vehículos.

  • Robo o intento del mismo.

 

 

Coberturas opcionales

 

  • Daños sufridos por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del inmueble donde se encuentren colocados los anuncios.

  • Afectaciones sufridas a causa de reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del anuncio, cartel o pantalla electrónica.

REQUISITOS

  • Datos del Contratante.

  • RFC.

  • Razón social.

  • Actividad u objeto social.

  • Giro mercantil.

  • Domicilio.

  • Tamaño del anuncio, la altura a la que se coloca, cuánto vale reponerlo y dónde se encuentra ubicado.

  • Identificar la historia de siniestros del asegurado o contratante y el mantenimiento que le da a sus anuncios.

SEGURO PARA ANUNCIOS

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