El seguro para anuncios luminosos ampara cualquier tipo de anuncios publicitarios, ya sea que se encuentren en el interior de un inmueble o en exteriores, siempre y cuando se encuentren perfectamente bien instalados. Entre los bienes que se pueden cubrir están los anuncios espectaculares, los de acrílico, carteles, de neón y de iluminación LED.
COBERTURA
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Cubre las pantallas electrónicas, anuncios y carteles contra pérdidas o daños materiales que sufran en forma accidental, súbita e imprevista.
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Rotura.
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Incendio, rayo o explosión.
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Huracán, granizo y otros fenómenos atmosféricos.
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Terremoto y/o erupción volcánica.
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Huelgas, disturbios obreros y alborotos populares, vandalismo.
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Caída de aeronaves, impacto de vehículos.
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Robo o intento del mismo.
Coberturas opcionales
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Daños sufridos por reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del inmueble donde se encuentren colocados los anuncios.
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Afectaciones sufridas a causa de reparaciones, alteraciones, mejoras y/o pintura del anuncio, cartel o pantalla electrónica.
REQUISITOS
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Datos del Contratante.
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RFC.
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Razón social.
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Actividad u objeto social.
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Giro mercantil.
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Domicilio.
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Tamaño del anuncio, la altura a la que se coloca, cuánto vale reponerlo y dónde se encuentra ubicado.
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Identificar la historia de siniestros del asegurado o contratante y el mantenimiento que le da a sus anuncios.