El seguro de rotura de maquinaria brinda protección a las máquinas de una empresa contra riesgos propios de la operación, especialmente los de origen interno, y descartando la mayor parte de los riesgo de origen externo.
En particular, cubre contra pérdida o daño originados por un acto súbito y no previsto, que haga necesaria la reparación o reposición de los bienes asegurados.
COBERTURA
Cubre la pérdida o daño material que sufran las mismas, ya sea que este o no funcionando o que haya sido desmontada para revisión, limpieza, reparación o traslado a otro lugar dentro del predio registrado en la póliza.
Cubre contra pérdida o daño material directo de la máquina asegurada contra los daños causados por:
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Impericia, descuido o sabotaje del personal del asegurado o de extraños
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Acción directa de la energía eléctrica.
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Errores en diseño, defectos de construcción, fundición y uso de materiales defectuosos.
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Defectos de mano de obra y montaje incorrecto.
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Rotura debido a fuerza centrífuga.
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Cuerpos extraños que se introduzcan en los bienes asegurados.
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Otros accidentes que no se encuentren excluidos.
Coberturas adicionales:
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Explosión física.
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Explosión para motores de combustión interna.
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Daños a otra propiedad del asegurado.
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Propiedad de terceros.
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Huracán y vientos para grúas.
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Gastos extraordinarios de envío.
REQUISITOS
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Datos del Contratante.
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RFC.
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Razón social.
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Actividad u objeto social.
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Giro mercantil.
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Domicilio.
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Antigüedad de la empresa y la maquinaria.
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Giro industrial de la empresa.
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Descripción del estado físico de la maquinaria.